Martes 18 de agosto de 2009
En la actualidad un juzgado colombiano adelanta un juicio contra el ex
General Rito Alejo del Rio Rojas. Este oficial se desempeño como
comandante de la Brigada XVII durante 1996 y 1997 en la región
del bajo Atrato chocoano (Colombia), uno de los lugares más
biodiversos del mundo.
Aunque este General ha sido denunciado por su relación con
grupos paramilitares en la región y porque durante su
comandancia se consolidaron las estructuras paramilitares en la
región, que han causado el desplazamiento forzado de cientos de
comunidades afrodescendientes y campesinos y más de 220
crímenes de lesa humanidad, la justicia colombiano nunca ha
investigado seriamente a este militar.
El crimen por el que es llamado a juicio en el actual proceso tiene que
ver con el homicidio de MARINO LOPEZ MENA, un afrocolombiano que fue
decapitado por grupos paramilitares, quienes después jugaron
fútbol con su cabeza. Este crimen se produjo en el marco de una
operación militar y paramilitar (Operación
Génesis) en la que además las comunidades de la cuenca
del rió cacarica fueron bombardeadas indiscriminadamente y
obligadas a desplazarse en febrero de 1997.
Luego de su desplazamiento las comunidades vivieron durante más
de cuatro años en un coliseo de la cuidad de Turbo (Norte de
Colombia), en condición de desplazamiento y con total
vulneración de sus derechos como comunidades afrocolombianas.
Algunos regresaron a sus comunidades y se organizaron en Zonas
Humanitarias, allí siguen siendo víctimas de
persecución y atropellos por parte de grupos paramilitares y
militares.
Solo hasta hoy, más de 13 años después se
inició el juicio contra este General, pese a que el delito y
todos los crímenes cometidos, fueron denunciados nacional e
internacionalmente, como por ejemplo ante la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos. En el desarrollo de la diligencia,
se negó al General retirado Rito Alejo del Rio Rojas la
solicitud de anulación de lo actuado en el proceso de
instrucción.
En su defensa, el General solicitó que se decretara la nulidad
de todo el proceso, alegando que había una violación al
debido proceso porque se había desconocido el fuero
constitucional por su calidad de alto militar. También sostuvo
que el crimen ya había sido juzgado en el 2004, en una
investigación en la que el Fiscal General de la Nación,
desatendiendo todas las evidencias que conducían a probar su
culpabilidad.
Las solicitudes fueron desestimadas por el juez recordando que el
crimen de Marino no puede ser considerado un acto relacionado con las
funciones de una autoridad o servidor público. El juez
recordó la abundante jurisprudencia constitucional y de la Corte
Suprema al respecto, según la cual, el fuero no puede ser un
privilegio para evitar que la justicia ordinaria investigue hechos que
nada tienen que ver con el cargo o la función de ningún
servidor público. En cuanto a la alegada violación al non
bis in ibidem , (no ser juzgado dos veces por el mismo delito) el juez
recordó que la decisión de la Fiscalía General de
la Nación del 9 de marzo del 2004, por la que se ordenó
precluir la investigación penal adelantada contra el General
Rito Alejo del Río Rojas, se refirió a su responsabilidad
por los delitos de concierto para delinquir, peculado sobre bienes de
dotación y prevaricato por omisión.
En aquel proceso, ni el crimen de Marino López, ni más de
200 crímenes ocurridos en el Bajo Atrato contra habitantes de
Cacarica, Curvaradó, Jiguamiandó y Dabeiba fueron objeto
de investigación.
Por otro lado, el juez también se pronunció sobre las
solicitudes de pruebas realizadas por las partes del proceso. Entre
ellas las aportadas por la abogada de las víctimas y miembro de
la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, dirigidas a probar
la responsabilidad del Comandante de la Brigada XVII con la
creación y consolidación, en la región del Bajo
Atrato Chocoano, de la estrategia militar y paramilitar en la que se
enmarcó la Operación Génesis.
Por su parte, la defensa solicitó la declaración de altos
mandatarios entre los que se destacan el actual presidente de Colombia,
Álvaro Uribe Vélez, quien para entonces se
desempeño como Gobernador del Departamento de Antioquia, Ernesto
Samper Pizano, Presidente de la República para la época,
Harold Bedoya, ex-comandante de la Fuerzas Militares, e Iván
Ramírez, ex-comandante de la Brigada IV, entre otras.
Algunos interpretan que detrás de estas solicitudes de la
defensa, en particular la de llamar a Álvaro Uribe Vélez,
el general Rito Alejo del Rio, quiere protegerse involucrando al
Presidente, quien era su inspirador, su protector, y quien ha sido su
oferente en desagravios públicos.
Hoy se ha logrado que un General (r) de la República no se
privilegie en su fuero para juzgamiento de un crimen de lesa humanidad,
pero existen graves falencias en la investigación desde su
instrucción. La fiscalía nunca investigó de manera
sistemática el desplazamiento forzado y todas las otras
violaciones a los Derechos Humanos cometidas en la región.
Los crímenes de más de 70 víctimas de las
comunidades que allí vivían, cuando el General era
comandante de la Brigada XVII, no fueron investigados, para no decir,
los crímenes cometidos en Dabeiba, Curvaradó,
Jiguamiandó y San José de Apartado, etc. La selectiva y
sesgada instrucción del caso por parte del poder judicial del
Estado colombiano ya de por sí ha generado impunidad.
Bogotá, D.C. Agosto 14 de 2009
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz
Cooperación
World Coalition Against Torturers (WCAT)
International Rehabilitation Council for Torture Victims (IRCT)
Direccion del proyecto
Bianca Schmolze
Bianca Schmolze es administradora de empresas diplomada
y trabaja desde el ano 2002 en la Ayuda Medica para Refugiados. Despues
de ser responsable para la buzqueda de fondos ella esta la responsable
de la campana "Justicia es salud" desde 2004. Ademas tiene un mandato
del concejalía municipal de Bochum.
Tel.: +49-(0)234-9041382
Fax: +49-(0)234-9041381
(Martes y jueves)
Apoyado de